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Pensando en la Declaración de la Renta 2021

Comenzamos el año 2021 y las asesorías contables o fiscales de las diferentes empresas ya están en plena ebullición con las declaraciones informativas o resumen anual que estas deben presentar ante la Agencia Tributaria. En este sentido, si vosotros no queréis que os pille el toro, nosotros os recomendamos que os pongáis en contacto con Martín Laucirica grupo asesor, una asesoría de Bilbao, formada por abogados, economistas y auditores, especializados en el asesoramiento tanto a empresas como autónomos o particulares y que os ayudará a realizar todas aquellas gestiones que necesitéis.   

Y hablando de declaraciones a Hacienda y aunque todavía no está abierto el plazo para la presentación de la Declaración de la Renta 2020, ya que dicho plazo se inicia el próximo día 7 de abril para su presentación por internet y a partir del 2 de junio hasta el 30 de junio de 2021 para su presentación presencial en las oficinas tributarias, sí debemos ir pensando en las novedades tributarias que la aprobación de la Ley 11/2020, 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, nos ha traído, y entre ellas podemos señalar las siguientes:

  • Mayor gravamen para las rentas más altas en la renta general. En este epígrafe se incluyen, entre otros, los salarios, los rendimientos de la actividad empresarial y profesional, las rentas de alquiler, los premios, indemnizaciones… Hasta el año pasado la escala de gravamen general que se aplicaba a la base liquidable general tenía cinco tramos, a partir de este año se añade un nuevo tramo, de modo que a la base que exceda de 300.000 euros empezará a aplicársele un tipo de gravamen del 24,50 % en vez del 22,50 %.
  • Mayor gravamen en las rentas de ahorro. Se consideran rentas de ahorro las ganancias reales que se pueden obtener con la venta de bienes y aquellas que se imputan al donante, aunque no reciba nada, al donar bienes que acumulen ganancias, los intereses de cuentas y depósitos, los beneficios obtenidos por la venta de bonos y obligaciones, lo cobrado por seguros de vida…   Hasta el año pasado la escala de gravamen tres tramos, a partir de este año se ha añadido un nuevo tramo que en realidad son dos, pues el tramo comprendido entre 50.000,01 € y 200.000,00 € seguirá pagando un 23 %, mientras que la base que exceda de 200,000,00 € se le aplicará un porcentaje del 26 %.
  • Reducción de la cantidad que se puede aportar con deducción a los planes de pensiones. Para el año 2021 se modifican los límites de los siguientes:

-Seguros privados que cubran exclusivamente el riesgo de dependencia severa o de gran dependencia. Anteriormente el límite estaba fijado 8.000 euros/anuales, a partir de ahora el límite estará fijado en 2.000 euros/anuales, para aquellas personas que satisfagan primas a favor de un mismo contribuyente, incluidas las del propio contribuyente.

-Aportaciones a los sistemas de previsión social de los que sea participe, mutualista o titular el cónyuge del contribuyente, siempre que éste no obtenga rendimientos netos del trabajo ni de actividades económicas o los obtenga en cuantía inferior a 8.000 euros/anuales. Estas aportaciones tendrán un límite máximo de 1.000 euros/anuales, anteriormente estaba fijado en 2.500 euros/anuales.

– Límite máximo conjunto. Como aportación a los planes de pensiones con ventaja fiscal, se aplicará la menor de las cantidades siguientes: el 30 % de la suma de las rentas de trabajo y de las actividades económicas o bien 2.000 euros/anuales, anteriormente el límite era de 8.000 euros, aunque los planes de empresa podrán recibir hasta 8.000 € de aportaciones empresariales, pudiendo llegar entre ambas a los 10.000 €.  

¿Qué otras novedades fiscales se introducen en 2021?

Otras novedades fiscales introducidas en el año 2021 son:

  • Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Con el objetivo de fomentar hábitos de vida más saludable entre la población siguiendo las recomendaciones de los responsables sanitarios, a partir del 1 de enero de 2021 se incrementa el IVA en bebidas azucaradas y edulcoradas que se vendan en supermercados y establecimientos de alimentación pasando de tributar del 10 % al 21 %.  
  • Impuesto sobre el Patrimonio. Para patrimonios superiores a 10 millones de euros, el gravamen se incrementa en un punto, pasando del 2,5 % al 3,5 %.
  • Impuesto de Sociedades. Se incorpora una reducción de la exención fiscal que pasa del 100% al 95% por las plusvalías y dividendos generados por filiales en el exterior.  
  • Impuesto sobre Primas de Seguros. El tipo de gravamen pasa del 6 % al 8 %.
  • Impuesto especial sobre Hidrocarburos.  Se reduce la bonificación fiscal del diésel, con lo que el tipo impositivo pasará de ser de 34,5 céntimos el litro a 30,7 céntimos. 

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